El ámbito de aplicación de esta propuesta será el que circunscribe a todo el municipio de Ciudad Real. Por tanto, podrán adherirse a la iniciativa todos los establecimientos que, cumpliendo las condiciones de ser beneficiarios, se encuentren ubicados en Ciudad Real.

Los requisitos para ser participante de la presente iniciativa son:

  • Ser un establecimiento cuyo domicilio social se encuentre en el municipio de Ciudad Real.
  • Estar registrado previamente en la oficina virtual tributaria de la diputación Provincial de Ciudad Real. (En el momento del registro se deberá de subir a la plataforma el documento que así lo justifique) (Consulta como es el documento)
  • Estar dado de alta en alguno de los epígrafes, del siguiente listado de IAE a la fecha de adhesión:
    • 651.1 Comercio menor productos textiles, artículos tapicería
    • 651.2 Comercio menor prendas vestido y tocado
    • 651.3 Comercio menor lencería y corsetería
    • 651.4 Comercio menor mercería y paquetería
    • 651.5 Comercio menor prendas especiales
    • 651.6 Comercio menor calzado, artículos de piel, artículos de viajes
    • 651.7 Comercio menor confecciones de peletería
    • 652.2 Comercio menor productos droguería, perfumería
    • 652.3 Comercio menor productos perfumería, cosmética
    • 653.4 Comercio menor plantas, hierbas, herbolarios
    • 653.1 Comercio menor muebles (exc.de oficina)
    • 653.2 Comercio menor aparatos eléctricos de uso doméstico
    • 653.3 Comercio menor artículos menaje, ferretería, etc.
    • 653.6 Comercio menor artículos de bricolaje
    • 653.9 Comercio menor otros artículos de hogar ncop.
    • 656 Comercio menor bienes usados: muebles, etc.
    • 657 Comercio menor instrumentos musicales, accesorios
    • 659.1 Comercio menor sellos, monedas, fósiles etc.
    • 659.2 Comercio menor, muebles, equipos de cocina
    • 659.3 Comercio menor instrumentos médicos, ópticos
    • 659.4 Comercio menor libros, artículos papelería, etc.
    • 659.5 Comercio menor artículos joyería, relojería
    • 659.6 Comercio menor juguetes, artículos de deporte
    • 659.8 Comercio menor «SEX-SHOP»
    • 9631 Exhibición de películas de cine y vídeo
  • Como excepción, se incluirán establecimientos de comercio menor de alimentación con superficie inferior a 120 m2, en los municipios de menos de 200.000 habitantes.
    • 671. Servicios de alimentación en restaurantes
    • 672. Servicios de alimentación en cafeterías
    • 673. Servicios de alimentación en cafeterías, bares, con y sin comida
    • 674.6. Cafeterías y bares en teatros y cines
    • 675. Cafés – bares en quioscos, cajones, barracas
    • 676. Chocolaterías, heladerías y horchaterías
    • 677.9 Otros servicios de alimentación y restauración